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¿Dispones de alguna propiedad inmobiliaria que pueda garantizar el préstamo?
¿Cuál es su valor aproximado?
¿Tiene cargas o hipotecas?
¿Cuál es el importe aproximado de las cargas?
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Sí. En la actualidad podemos hablar de los prestamistas particulares y de los prestamistas privados. Ambos se dedican a prestar dinero fuera de los cauces tradicionales. Es decir, la banca. Su capital es privado y obtienen beneficio por medio de intereses. La principal diferencia es la razón social y el importe a prestar. Mientras que los prestamistas particulares son personas físicas, los privados son personas jurídicas. Por este motivo el capital de los segundos es más elevado.
Para solicitar estos créditos debes disponer de un inmueble en propiedad o de una licencia de taxi o farmacia que haga las funciones de aval. Si usas una propiedad, será necesario realizar una tasación oficial para calcular el importe del préstamo. Además, realizamos estudios de solvencia y viabilidad de cada nuevo cliente y comprobamos que disponga de ingresos regulares.
Para ofrecer créditos en España se ha de estar regulado por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Además, si esos préstamos son de tipo hipotecario, el prestamista ha de estar inscrito en el Registro de Intermediarios de Créditos Inmobiliario del Banco de España.
Nuestros créditos carecen de comisiones por amortización parcial o cancelación anticipada. Ofrecemos productos a medida en cuanto a intereses o amortización. Además, ayudamos a nuestros clientes con la tasación del inmueble buscando una empresa oficial y firmamos ante notario por medio de la plataforma notarial ANCERT para que no sea necesario desplazarse.
Es necesario que el cliente resida en España y sea mayor de edad. Nuestros intereses se sitúan entre el 8,95 % y el 14,95 % al año. En cuanto al proceso de amortización, puedes elegir entre el modelo francés o el americano. Te ofrecemos hasta 240 meses para devolver el crédito y un importe que puede llegar al 35 % del valor de mercado del inmueble usado como garantía.
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