A menudo, es prácticamente imposible aceptar una herencia debido a los costes que se generan antes de aceptarla. Si te encuentras ante esta situación, puedes acudir a Prestamistas.es para conseguir la liquidez que te permita hacer frente a estos pagos.
¿Qué son los préstamos para herencias?
Como indica su nombre, los préstamos para herencias son aquellos que se conceden para que el solicitante pueda usar el dinero para aceptar una herencia y poder pagar los costes que esto supone.
¿Cuáles son los beneficios de los préstamos para aceptar herencias?
Además de poder obtener el dinero que necesitas para aceptar lo que te corresponde, los préstamos para herencias te aportarán otros beneficios como:
- Operativa 100% telemática
- Rapidez de respuesta
- Flexibilidad de devolución
- Transparencia
- Firma ante notario
- Sin productos vinculados
- Sin coste por cancelación anticipada o amortización
¿Cuáles son los requisitos de acceso a vuestros préstamos para herencias?
- Disponer de un inmueble a tu nombre, libre de cargas.
- Poder justificar los ingresos
- Tener más de 18 años
Preguntas Frecuentes
Condiciones de los préstamos para aceptar herencias de Prestamitas.es
Los préstamos para aceptar herencias concedidos por Prestamistas.es permiten al cliente diseñar su propio plan de devolución del mismo, bajo las características que siguen:
- Cuotas mensuales, trimestrales, semestrales o anuales
- Amortización francesa o americana
- Intereses a partir de 8,95%
- Duración hasta 20 años
- Se pueden conceder períodos de carencia
- Asesoramiento durante toda la vida del préstamo
Preguntas Frecuentes sobre los préstamos para aceptar herencias
Si deseas obtener más información sobre los préstamos para aceptar herencias concedidos por Prestamistas.es, consulta nuestras preguntas frecuentes o entra ahora a nuestro blog.
Sí. Nuestra operativa permite que la propiedad inmobiliaria esté a nombre de un tercero, que actuará y firmará el contrato como avalista de la operación. La única condición es que dicha propiedad esté libre de cargas.
Sí, incluso firmando un tercero en modo avalista, lo que significa que este tercero aportará únicamente el inmueble que garantizará la operación.
La amortización francesa o estándar, consiste en pagar cuotas lineales totalmente idénticas durante toda la vida del préstamo. En cambio, en la amortización americana se pagan cuotas de sólo intereses y se deja el capital para una única cuota final.
Efectivamente, siguiendo con la normativa que marca la Ley 15/2019. El cliente podrá escoger su notaría de confianza para poder firmar el préstamo.
Se debe a nuestra infraestructura y operativa. Llevamos años trabajando bajo la operativa de los préstamos para herencias y únicamente debemos valorar el nivel de endeudamiento y la capacidad de pago del solicitante. Al recibir menos solicitudes que las entidades bancarias, no aplicamos filtros y concedemos dinero incluso a aquellas personas que aparecen en un fichero de morosidad o que tienen un nivel de endeudamiento elevado.
Si. De hecho trabajan bajo uno de los sectores más regulados y controlados en cuanto a financiación se refiere. Disponemos de una póliza de seguro obligatoria y estamos registrados en el Banco de España. Toda nuestra operativa se realiza bajo el marco de la ley 5/2019, que regula los préstamos hipotecarios y las hipotecas bancarias.
En Prestamistas.es nos hacemos cargo de los costes administrativos y jurídicos derivados de la fase de estudio y apertura del préstamo, incluyéndolos en los gastos del propio préstamo, para que no debas avanzar absolutamente nada.
Desde que tu solicitud es enviada, se tarda menos de un día en que un asesor personal contacte contigo. Una vez nos hayas enviado la documentación para su estudio, te vamos a contestar en menos de 48 horas.
Teniendo en cuenta la nueva Ley Hipotecaria (que obliga a que pasen 10 días hasta que el préstamo puede ser firmado), podrás tener tu préstamo en menos de 15 días. Puedes obtener más información sobre las medidas para evitar la firma impulsiva y la protección de los cliente echa un vistazo a este post: https://prestamistas.es/normativa-de-proteccion-al-prestatario-en-un-contrato-hipotecario/
En la mayoría de ocasiones sí, siempre que el solicitante pueda acceder al mismo: se tramitan con un banco y los tipos de interés son más bajos. No obstante, la cosa cambia en caso de impago, ya que los préstamos personales tienen la desventaja de que el prestatario responde con todos sus bienes presentes y futuros para pagar la deuda, cuando con un préstamo hipotecario en el 99% de los casos el mismo inmueble cubre la deuda.