A la hora de devolver un préstamo puede ser muy interesante el hecho de, si podemos permitírnoslo, realizar una cancelación anticipada del mismo para poder olvidarnos de la deuda lo más pronto posible.

Además, en la mayoría de los casos, cancelar anticipadamente un préstamo significa ahorrarse algo de dinero en forma de intereses. En este post vamos a ver cómo cancelar anticipadamente un préstamo personal, un hipotecario y el coste dependiendo del escenario en el que nos encontremos. 

Qué es la comisión de cancelación de un préstamo

La comisión por cancelación anticipada es aquella cantidad de dinero que nos cobra el banco o prestamista por devolver la deuda antes de tiempo. Es decir, es la comisión que debemos pagar por adelantar el pago de la deuda respecto a lo que se acordó con el prestamista o banco. 

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¿Por qué se cobra la comisión de cancelación?

Aunque puede parecer que cobrar una comisión a un cliente que devuelve la deuda de forma anticipada es algo injusto, el cobro de comisiones de cancelación tiene su razón de ser: el prestamista o entidad bancaria realizó unas estimaciones de cálculo de riesgo y tipo de interés basadas en un escenario que no se cumple, por lo que si se devolviese la deuda de forma anticipada y el prestamista no recibiese ningún tipo de interés por la cantidad que se adelante, la operación podría no ser rentable para él.

Por esa razón la normativa marca que las comisiones de cancelación son legales y el prestamista o banco tiene derecho a recibirlas.

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¿Hay algún límite al cobro de comisiones de cancelación?

Sí, lo hay. La normativa fija límites distintos para el cobro de una comisión cuando el cliente cancela el préstamo de forma anticipada, dependiendo del tipo de préstamo y del tiempo que falta para su liquidación natural. Más adelante veremos dichos límites a la hora de calcular el coste de cancelar un préstamo. 

¿Se puede eliminar la comisión de cancelación?

Sí, siempre que se negocie con la entidad bancaria o prestamista. Si prevemos que vamos a recibir una cantidad de dinero en el futuro que nos permita cancelar anticipadamente la deuda (una herencia, una indemnización…) podemos negociar con el prestamista o banco que la comisión de cancelación sea más baja o incluso nula. Depende del prestamista aceptar la propuesta. 

¿Se puede cancelar un préstamo gratis?

Sí, es posible cancelar un préstamo de forma gratuita acogiéndote al denominado “derecho de desistimiento”. Puedes acogerte al derecho de desistimiento, es decir, al derecho de cancelar el préstamo y desdecirse de la operación sin ningún coste para ti siempre que lo hagas durante el periodo de tiempo de 14 días posteriores a la firma del préstamo. Desistir del préstamo significa devolver todo el dinero de nuevo al banco sin ningún coste para ti. 

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Coste de cancelar un préstamo personal

¿Cuál es el coste de cancelar un préstamo personal?
¿Cuál es el coste de cancelar un préstamo personal?

Los préstamos personales también se conocen como créditos al consumo, y la normativa fija unos límites al coste de cancelación de los mismos que son los siguientes y que se basan en dos escenarios distintos:

  • El límite es del 1% de la cantidad cancelada de forma anticipada si falta más de un año para concluir el préstamo
  • El límite es del 0,5% de la cantidad cancelada de forma anticipada si falta menos de un año para concluir el préstamo

En el caso del primer escenario, en el cual falta más de un año para cancelar el préstamo, el coste por ejemplo de cancelar anticipadamente un préstamo de 30.000€ a 3 años del cual faltan 10.000€ por devolver es: 0,5% * 10.000€ = 50€

Coste de cancelar un préstamo hipotecario

En el caso de los préstamos hipotecarios (los que utilizan un inmueble para avalar la operación o las hipotecas para comprar una vivienda) los límites son distintos dependiendo de cuándo se firmó el préstamo (ya que estará sujeto a una normativa u otra) y de cómo trabaje (tipo de interés fijo o variable). 

Los límites a la cancelación de un préstamo hipotecario son:

  • Préstamo hipotecario a interés fijo firmado antes de 2007: límite del 2,5% de la cantidad cancelada de forma anticipada
  • Préstamo hipotecario a interés variable firmado antes de 2003: límite del 1% de la cantidad cancelada de forma anticipada
  • Préstamo hipotecario a interés variable firmado entre 2003 y 2007: límite del 0,5%, si es una subrogación límite del 1%
  • Préstamo hipotecario (a interés fijo o variable, no importa) firmado después de 2007: límite del 0,5% para cancelación durante los primeros 5 años, y límite del 0,25% para cancelaciones después de los primeros 5 años.