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¿Dispones de alguna propiedad inmobiliaria que pueda garantizar el préstamo?
¿Cuál es su valor aproximado?
¿Tiene cargas o hipotecas?
¿Cuál es el importe aproximado de las cargas?
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Ofrecemos hasta 20 años para cancelar los créditos y periodos de carencia. Utilizamos capital privado, por lo que no has de cambiar de banco. No cobramos comisiones por cancelación anticipada ni te obligamos a contratar productos vinculados. Firmamos por medio de la plataforma notarial ANCERT evitando, así, desplazamientos.
Al tratarse de créditos con garantía hipotecaria es necesario disponer de una propiedad inmobiliaria libre de cargas que usaremos como garantía. También pueden utilizarse licencias de farmacia o taxi. Debes ser mayor de edad y residir en España, además de superar un estudio de viabilidad y solvencia.
Documentación para particulares
Último recibo de los préstamos que se amortizan; justificante de ingresos; copia del DNI; última declaración de la renta; nota simple del registro de la propiedad; informe CIRBE de Banco de España y seguro de la propiedad.
Documentación para empresas
DNI del administrador; certificados de Hacienda y de la Seguridad Social; Pool bancario actualizado; balance de ingresos y gastos; último impuesto de sociedades; última declaración de la renta; nota simple del registro de la propiedad y seguro de la propiedad.
La razón social. Los prestamistas particulares son personas físicas y los prestamistas privados son intermediarios financieros. Las similitudes son mayores que las diferencias. Por ejemplo, ambos trabajan con capital privado, cobran intereses y ofrecen créditos tanto a empresas como a particulares.
Ofrecemos hasta 20 años para cancelar los créditos por medio del sistema de amortización francés o americano. Los intereses, calculados a partir del perfil financiero del cliente, se sitúan entre el 8,95 % y el 14,95 % al año. Concedemos cuantías a partir de 15.000€ y hasta el 35% del valor de mercado de la propiedad que garantiza el préstamo.
Como intermediarios financieros estamos inscritos en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario del Banco de España, con el código D238 y en la Agencia Española de Consumo (439/2013). Formalizamos nuestros préstamos sen función de la nueva Ley Hipotecaria de marzo de 2019 en defensa de los usuarios.
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