¿Qué es la financiación privada para empresas?
La financiación privada es aquel flujo de financiación que trabaja de forma alternativa a los sistemas tradicionales, mediante la concesión de préstamos y créditos a personas físicas y jurídicas (empresas) de forma independiente a cualquier banco y sólo con la garantía de una propiedad inmobiliaria.
¿Para qué se usa la financiación privada?
Las empresas y profesionales pueden acudir a la financiación privada cuando se encuentran ante las siguientes situaciones:
- Obtener liquidez aún teniendo la CIRBE alta
- Reunificar deudas
- Cancelar embargos
- Reestructurar el Pool Bancario
- Cancelar registros de ASNEF en pocos días
Ventajas de la financiación privada para las empresas
La financiación privada suele ofrecer al solicitante numerosas ventajas frente a los métodos tradicionales:
- Rapidez de la operativa: confirmación en 24 horas, el dinero en 10 días*
- Devolución totalmente flexible: el cliente diseña su plan de devolución
- Transparencia: documentación simple y sin letra pequeña
- Proceso 100% telemático: desde la web y por teléfono
- Firma ante notario: y el cliente elige qué notario
- Asesoramiento: antes y durante todo lo que dure el préstamo
- Sin importar si estás en ASNEF o Rai: te ayudamos a salir
- Aún teniendo la CIRBE alta: accede a financiación igualmente
*Consulta nuestras FAQs para más información
Preguntas Frecuentes
Requisitos para que una empresa pueda acceder los préstamos de financiación privada de Prestamistas.es
Los requisitos de Prestamistas.es para conceder un préstamo son los que siguen:
- Se debe disponer de un inmueble a nombre del solicitante o de un tercero (avalista) y libre de cargas.
- Tener más de 18 años
- Justificar ingresos
¿Cuáles son las condiciones de nuestros préstamos?
Prestamistas.es trabaja bajo el marco de la Ley 5/2019, la misma ley reguladora de hipotecas y préstamos hipotecarios bancarios, así que nuestras operaciones trabajan bajo las siguientes condiciones:
- Sin necesidad de cambiar de banco: somos independientes a cualquier entidad
- Sin productos vinculados: un préstamo y nada más
- No hay penalización por cancelación anticipada del préstamo: si puedes y quieres devolver el dinero antes, puedes hacerlo
- Amortización estándar o en carencia: el cliente elige con cuál trabajar
- Elección de las cuotas: mensuales, trimestrales o semestrales
- Regulación y control de cada operación: por parte del Banco de España
Preguntas Frecuentes sobre la financiación de capital privado para empresas
Si deseas obtener más información acerca de nuestros préstamos o bien consultar alguna duda, puedes leer las preguntas frecuentes que hay a continuación, o bien entrar en nuestro blog.
Para poder solicitar un préstamo de financiación privada para tu empresa, tan solo deberás entregar la siguiente documentación:
– Nota simple del Registro de la Propiedad con los detalles del inmueble que tienes a tu disposición
– Certificados de estar al corriente de pagos con Hacienda y SS
– Última declaración del Impuesto de sociedades presentada por la empresa
– CIF de la empresa
– Pool bancario o CIRBE (aunque podemos solicitarlos nosotros)
– Escrituras de apoderamiento y constitución de la empresa, donde aparezcan los datos de los administradores
Porque en Prestamistas.es únicamente trabajamos bajo la figura del préstamo con garantía hipotecaria, que es aquel en el que se necesita un inmueble que esté a nombre de uno de los administradores de la empresa, a nombre de la propia empresa o a nombre de un tercero que firme el préstamo como avalista.
No. Podrás usar cualquier tipo de inmueble, a excepción de los terrenos y propiedades que tengan alguna deuda (por ejemplo, si todavía se está pagando el préstamo de compra de la propiedad). No obstante, en aquellos casos en los que la deuda está casi saldada, se podría llegar a conceder igualmente el préstamo, así que ponte en contacto con nosotros para que evaluemos si la operación es viable.
Sí. Nuestra operativa permite tanto que firmen dos o más personas el préstamo y también que la propiedad esté a nombre de un tercero. En este caso esta tercera persona actuará y firmará el contrato como firmante avalista de la operación.
En el caso de profesionales y autónomos, Prestamistas.es se hace cargo de todos los costes administrativos y jurídicos derivados del préstamo. No obstante, correrán a cargo del cliente los honorarios de intermediación, la póliza del seguro de la propiedad y la comisión de apertura. Estos costes se incluirán en el préstamo para que no debas adelantar nada.
En el caso de empresas, Prestamistas.es negociará con la empresa qué gastos asumimos nosotros y cuáles serán a cargo de la empresa, siempre dentro de los límites que marque la normativa en vigor.
Sí. De hecho, este es uno de los factores por el cual se reducen los tiempos de respuesta y podemos conceder el dinero en un plazo récord. El único desplazamiento que debe realizar el cliente es el de acudir a la notaría de confianza que elija (siempre que sea una notaría en territorio español) para firmar la escritura del préstamo. Si quieres más información sobre cómo firmamos nuestros préstamos, puedes echar un vistazo a nuestro protocolo: https://prestamistas.es/protocolo-firma-prestamos/
Podrás obtener tu dinero en un plazo no superior a 15 días. La Ley Hipotecaria obliga a que pasen 10 días desde que el notario recibe la propuesta de préstamo y el borrador de contrato hasta que el préstamo puede ser oficialmente firmado. Puedes obtener más información echando un vistazo a este post: https://prestamistas.es/normativa-de-proteccion-al-prestatario-en-un-contrato-hipotecario/
Sí. Para que podamos dar financiación a tu empresa, los datos de ingresos y gastos deberán indicar que puedes hacer frente al pago del préstamo. Nuestro estudio de solvencia deberá confirmar que podrás abonar el préstamo sin ningún tipo de problema. En caso de no disponer de ingresos justificables y estar endeudado, otro préstamo sólo empeoraría la situación y por tanto no podremos darte financiación.
Sí y no. La cantidad máxima a la que se puede acceder vía préstamo depende directamente del valor de tasación de la propiedad inmobiliaria que se usará como garantía. Sí hay una cantidad límite porque nunca concedemos más del 30% de dicho valor, sin embargo, cuanto más elevado sea este valor de tasación, mayor será la cantidad de dinero que se podrá solicitar.
Sí. Prestamistas.es no ve como impedimento la concesión de préstamos a aquellas empresas que tengan la CIRBE elevada, ni tampoco a aquellos profesionales que aparezcan inscritos en un fichero de morosidad como ASNEF o Rai. Creemos firmemente que cualquier bache financiero o económico puede ser superado con rigor y disciplina, así que si el solicitante dispone de ingresos y supera nuestro estudio de viabilidad, siempre podremos abrir financiación incluso con CIRBE elevada.