Marca del Grupo Kontactalia 933 56 20 90 · Empresa inscrita en el Banco de España · D238
Empresa inscrita en el Banco de España · D238

Préstamos para empresas

Actualizado: octubre 2026

En Prestamistas.es también atendemos a empresas: nuestros prestamistas particulares y privados financian a sociedades y autónomos con la garantía de un inmueble cuando el banco no llega a tiempo o no encaja. Aquí tienes, en corto, qué podemos hacer por tu negocio y con quién lo tramitamos.

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Gratis · sin compromiso · viabilidad en 24-48 h

¿Cuánto necesitas?

Importe mínimo de operación: 15.000 €.

¿La empresa o un socio aporta un inmueble como garantía?

Un local, una nave, una oficina o un solar de la sociedad, o la vivienda de un socio que consienta aportarla.

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Prestamistas.es es la marca de Kontactalia Finance, S.L. especializada en préstamos privados y con garantía hipotecaria para particulares. Empresa inscrita en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario del Banco de España (D238) y en el Registro Estatal de Empresas de concesión de créditos hipotecarios e intermediación financiera (REEIF) de la Dirección General de Consumo, n.º 439/2013.

Cómo gestionamos los préstamos para empresas en Prestamistas.es

Partimos de lo que necesita tu empresa y de cómo lo devolverá. La garantía es un inmueble: un local, una nave, una oficina o la vivienda de un socio que firme como hipotecante. Cuando firma una sociedad la operación es mercantil: oferta vinculante por escrito, sin periodo de reflexión, y firma ante notario en torno a 7-10 días con la documentación completa. El capital puede llegar al 50 % de la tasación según cargas y capacidad de devolución, hasta 10 años (15 en importes pequeños) y, a partir de 1 M€, 24-36 meses con intereses mensuales y capital al vencimiento. Te decimos en 24-48 horas si la operación encaja, con quién se tramita y con qué condiciones.

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QUÉ ES

Qué son los préstamos para empresas de prestamistas particulares

Un préstamo para empresas de prestamistas particulares es un préstamo que una sociedad o un autónomo recibe de un prestamista particular o privado, no de un banco, con la garantía de un inmueble de la empresa o de un socio. Se firma ante notario, la hipoteca se inscribe en el Registro de la Propiedad y se decide por la garantía y por la capacidad de devolución del negocio, no por el scoring bancario.

SOLUCIONES

Qué puede pedir una empresa a nuestros prestamistas

Las cinco situaciones que más nos plantean sociedades y autónomos.

  • Liquidez y circulante con la garantía de un local, una nave o una oficina de la sociedad, o de la vivienda de un socio.
  • Pagar una deuda con Hacienda o la Seguridad Social antes del embargo, recuperando el certificado de estar al corriente.
  • Atender un pagaré, un proveedor o unas arras con fecha cuando el banco no llega a tiempo.
  • Agrupar pólizas, préstamos y tarjetas de la empresa en una sola cuota, pagando a cada acreedor desde la notaría.
  • Financiar con RAI, ASNEF o un ejercicio con pérdidas, si hay garantía con margen y capacidad de devolución.

¿Tu empresa necesita liquidez con la garantía de un inmueble? Cuéntanos el caso.

CONDICIONES

Condiciones de los préstamos para empresas

Las fijan la garantía, la capacidad de devolución del negocio y el importe. Cuando firma una sociedad, el régimen es mercantil.

ImporteDesde 15.000 €

Hasta el 50 % del valor de tasación del inmueble, según las cargas y la capacidad de devolución. Si el inmueble tiene hipoteca, el préstamo la cancela dentro de ese máximo.

PlazoHasta 10 años

Por debajo de 1 M€, hasta 10 años; en importes pequeños, de forma puntual, hasta 15. A partir de 1 M€, lo habitual son 24-36 meses con intereses mensuales y capital al vencimiento, 48 como máximo.

Tipo de interésTIN fijo desde el 10 % anual

Fijo durante todo el préstamo y concretado en el estudio según la garantía, el plazo y la solvencia de la empresa. Figura en la oferta vinculante junto con la comisión de apertura y los gastos.

Amortización anticipadaDesde el 0 %

La empresa puede devolver todo o una parte cuando quiera, por ejemplo al vender el inmueble o al refinanciar con el banco. Si hay comisión, está escrita en la oferta vinculante.

Firma7-10 días

Oferta vinculante por escrito, sin FEIN ni periodo de reflexión, y firma en la notaría que elija la empresa. El dinero se entrega ese día y los acreedores cobran desde la notaría.

PASO A PASO

Pasos y plazos de un préstamo para empresas

Cuatro pasos y un calendario más corto que el de un particular, porque no hay FEIN ni periodo de reflexión.

  1. Día 0

    Cuéntanos la operación

    Importe, finalidad, qué inmueble aporta la empresa o el socio y quién firma.

  2. Día 1

    Documentación

    Escrituras y nota simple del inmueble, cuentas anuales e impuestos de la sociedad y el acuerdo del órgano de administración.

  3. 24-48 h

    Estudio y oferta vinculante

    Te decimos si encaja y con qué condiciones; se encarga la tasación y recibes la oferta por escrito.

  4. 7-10 días

    Firma ante notario

    Firmas en la notaría que elijas, la empresa recibe el dinero ese día y los acreedores cobran desde la notaría.

SIMULA Y SOLICITA

Simula la cuota de tu empresa y pide el estudio

Prueba el importe, el plazo y la forma de devolución hasta que la cuota encaje con la tesorería del negocio y cuéntanos la operación en el formulario. El importe y el plazo pasan solos a la calculadora de abajo.

Simula tu cuota

Orientativa y sujeta a estudio · TIN fijo desde el 10 %

Cuota mensual1.660,12 €
Intereses totales39.449,95 €
Coste total de financiación139.449,95 €

Cuota orientativa. El TIN parte del 10 % anual y el definitivo depende de la garantía, del plazo y de la solvencia de la empresa. No incluye honorarios, apertura, tasación ni gastos, que se detallan en la oferta vinculante. Coste total de financiación = capital + intereses. Con el capital al vencimiento, la cuota son solo los intereses y el capital se devuelve íntegro al final del plazo (hasta 4 años).

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Solicita el estudio de tu caso

Gratis · sin compromiso · viabilidad en 24-48 h

¿Cuánto necesitas?

Importe mínimo de operación: 15.000 €.

¿La empresa o un socio aporta un inmueble como garantía?

Un local, una nave, una oficina o un solar de la sociedad, o la vivienda de un socio que consienta aportarla.

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REQUISITOS

Requisitos y documentación de la empresa

Lo esencial para empezar el estudio; el resto lo pedimos solo si la operación es viable.

Requisitos

  • Un inmueble en España con margen entre su valor de tasación y las cargas, de la sociedad o de un socio que firme como hipotecante.
  • Capacidad de devolución acreditable: la actividad, los alquileres o una venta prevista.
  • Poderes del administrador y el acuerdo de la junta si el inmueble es un activo esencial de la sociedad o los estatutos lo exigen.

Documentación

  • Escritura de constitución, poderes y CIF de la sociedad.
  • Cuentas anuales del último ejercicio, impuesto de sociedades y últimos modelos 303.
  • Nota simple y escritura del inmueble, recibo del IBI y, si hay hipoteca, su certificado de deuda.
  • DNI de los administradores y de los socios que firmen.

¿Ya sabes qué inmueble aporta la empresa? Pide el estudio: en 24-48 horas te decimos si la operación encaja y con qué condiciones.

DEVOLUCIÓN

Formas de devolución para empresas: tres modalidades según estudio

La elige la tesorería del negocio: cuota fija, unos meses solo de intereses o el capital al vencimiento.

Cuota constante (sistema francés)

  • Cuota igual todos los meses, de capital e intereses, durante todo el plazo.
  • Encaja con una actividad de ingresos regulares: alquileres, facturación estable.
  • La deuda baja cada mes y el coste total de financiación es el menor de las tres.
  • Es la modalidad habitual por debajo de 1 M€: la cuota debe caber en la tesorería desde el primer mes.

Carencia de capital

  • Durante unos meses la empresa paga solo intereses; después, cuota constante por el resto del plazo.
  • Útil mientras arranca una actividad, se cobra una obra o se espera una devolución de Hacienda.
  • Mientras dura, el capital no baja; después la cuota es algo mayor.
  • Se acuerda en el estudio, no se aplica por defecto, y los intereses no se aplazan.

Capital al vencimiento

  • Intereses mensuales y el capital de una vez al final. Es lo habitual a partir de 1 M€, a 24-36 meses, y se estudia también en importes menores.
  • Cuota mensual más baja; el contrato se hace a 12 meses y se renueva año a año, hasta 48 como máximo.
  • Solo para sociedades y con una salida clara: la venta de un inmueble, el cobro de una operación o la refinanciación con el banco.
  • Al vencimiento se debe todo el capital; si la salida falla, hay que renovar o vender.
EL GRUPO

Quién tramita cada operación de empresa en el grupo

Prestamistas.es es la marca para particulares de Kontactalia Finance, y las operaciones de empresa sencillas —un inmueble, una sociedad, un pago— las tramitamos aquí. Las de mayor importe, con varias sociedades o con garantías cruzadas las estructuran las marcas del grupo para sociedades: Financia-T, con sus préstamos con garantía hipotecaria para empresas, y Capital Privado MB, con la financiación privada para empresas de Capital Privado MB. Cuéntanos tu caso y te decimos en 24-48 horas quién lo lleva y con qué condiciones.

Preguntas frecuentes sobre los préstamos para empresas

Lo que conviene saber

¿Un prestamista particular presta dinero a una empresa?

Sí. Los prestamistas particulares y privados que colaboran con Prestamistas.es prestan a sociedades y autónomos con la garantía de un inmueble, igual que a un particular. Lo que cambia es el régimen: cuando firma una sociedad la operación es mercantil, con oferta vinculante por escrito y sin periodo de reflexión, y la firma suele llegar en torno a 7-10 días con la documentación completa.

¿Qué garantía pide un prestamista privado a una sociedad?

Un inmueble con margen entre su valor de tasación y las cargas: un local, una nave, una oficina o un solar de la sociedad, o la vivienda de un socio que firme como hipotecante no deudor. La hipoteca se inscribe en el Registro de la Propiedad a favor del prestamista y, si el inmueble ya tiene una hipoteca, el préstamo la cancela en la misma firma.

¿Puede pedirlo un autónomo o solo una sociedad?

Los dos. El autónomo firma como persona física: si el inmueble que aporta es su nave, su local o un solar, la operación es mercantil, como la de una sociedad; si aporta su vivienda, entra en la Ley 5/2019, con FEIN, periodo de reflexión y una firma que se va a unas tres semanas. En los dos casos acredita su rendimiento neto, no la facturación, y el préstamo se decide por la garantía y por esa capacidad de devolución.

¿Qué cambia entre pedir el préstamo como particular y como empresa?

El régimen y los márgenes. A un particular que hipoteca su vivienda lo protege la Ley 5/2019: FEIN, periodo de reflexión, importe hasta el 40 % de la tasación y firma en torno a tres semanas. Cuando firma una sociedad la operación es mercantil: oferta vinculante en lugar de FEIN, sin periodo de reflexión, importe hasta el 50 % de la tasación, plazos más cortos a partir de 1 M€ y firma en torno a 7-10 días. El tipo de interés es fijo en los dos casos y se concreta en el estudio. En cuanto a la CIRBE: si el prestamista solo opera con empresas y no está obligado a declarar a la Central de Información de Riesgos, el préstamo no computa en ella; los prestamistas regulados que trabajan con particulares sí lo declaran.

¿Puede conseguir el préstamo una empresa con RAI, ASNEF o un ejercicio con pérdidas?

Sí, si hay garantía con margen y una capacidad de devolución que se pueda acreditar: alquileres, la actividad actual o una venta prevista. Nuestros prestamistas particulares y privados no deciden por el scoring bancario ni por el fichero, sino por el inmueble y por cómo se devolverá el préstamo. La deuda que originó la inscripción en RAI o ASNEF puede pagarse desde la notaría para pedir después la baja del fichero.

Cómo lo hacemos en Prestamistas.es

¿Qué miráis para aprobar un préstamo a una sociedad?

Dos cosas: la garantía y la capacidad de devolución. De la garantía, el valor de tasación, las cargas que tenga y a quién pertenece, a la sociedad o a un socio. De la capacidad, las cuentas anuales, los últimos modelos 303 y los ingresos regulares del negocio, o la salida prevista si el capital se devuelve al vencimiento. Con la nota simple y las cuentas, en 24-48 horas te decimos si la operación encaja, con quién se tramita y con qué condiciones; la aprobación definitiva llega con la tasación.

¿Cómo se paga a Hacienda, a la Seguridad Social o a un proveedor con el préstamo?

Desde la notaría. Antes de la firma pedimos a cada acreedor el certificado de deuda o la carta de pago y, el día de la firma, cada importe se entrega a su acreedor por cheque bancario o transferencia; el resto lo recibe la empresa ese mismo día. Así la deuda con Hacienda o la Seguridad Social queda saldada, se pide el levantamiento del embargo si lo había y la empresa recupera el certificado de estar al corriente de pago.

¿Y si el inmueble de la empresa ya tiene una hipoteca con el banco?

Se puede. Lo habitual es que el nuevo préstamo cancele esa hipoteca en la misma firma: el banco emite el certificado de deuda, se paga desde la notaría y el prestamista queda en primer rango. El importe total, hipoteca cancelada más dinero nuevo, no supera el 50 % de la tasación. Mantener la hipoteca del banco y poner la nueva en segundo rango solo se estudia de forma excepcional, cuando la primera deja mucho margen.

¿Tenéis una marca especializada en financiación para empresas?

Sí. En Prestamistas.es tramitamos las operaciones de empresa sencillas: un inmueble, una sociedad y un destino claro. Para las de mayor importe, con varias sociedades, varias garantías o una estructura que no encaja con un prestamista particular, el Grupo Kontactalia tiene Financia-T, su marca especializada en financiación para empresas, que trabaja con fondos de deuda, family offices, inversores institucionales y crowdfunding; por ejemplo, la liquidez sobre inmuebles para empresas de Financia-T. Cuéntanos el caso una sola vez y te decimos en 24-48 horas quién lo lleva.

¿Qué cuesta el préstamo además de los intereses?

Lo que figura en la oferta vinculante antes de firmar: la comisión de apertura del prestamista, nuestros honorarios de intermediación, la tasación, la notaría y la inscripción de la hipoteca en el Registro. Los honorarios y la apertura se incluyen en el importe del préstamo y se descuentan en la firma; no hay que adelantar nada para el estudio ni para la oferta. La tasación la encarga la empresa a una sociedad homologada cuando la operación es viable.

Conceptos que te ayudan a decidir

¿Se aplica la Ley 5/2019 si firma mi empresa?

No. La Ley 5/2019 protege al consumidor que hipoteca una vivienda; cuando firma una sociedad la operación es mercantil y se rige por el Código de Comercio y la Ley 2/2009: recibes una oferta vinculante con todas las condiciones, sin FEIN ni periodo de reflexión, y firmas ante el notario que elijas. Si el inmueble es la vivienda de un socio que firma como persona física, esa parte sí queda bajo la Ley 5/2019.

¿Qué es la oferta vinculante y en qué se diferencia de la FEIN?

La oferta vinculante es el documento con todas las condiciones del préstamo mercantil: importe, tipo de interés fijo, plazo, cuota, forma de devolución, comisiones, gastos y garantía; el prestamista se compromete a mantenerlas durante el plazo que indica. La FEIN es su equivalente para un consumidor que hipoteca su vivienda bajo la Ley 5/2019, con un formato oficial y un periodo de reflexión obligatorio antes de firmar. Con la oferta vinculante no hay periodo de reflexión: la empresa la acepta y se fija fecha en la notaría.

¿Qué es un hipotecante no deudor y qué arriesga el socio que aporta su vivienda?

Es quien hipoteca un inmueble suyo para garantizar la deuda de otro, en este caso de la sociedad, sin ser él quien debe el dinero. Responde solo con ese inmueble, no con el resto de su patrimonio, a diferencia del avalista o fiador. Si lo que aporta es su vivienda, al ser persona física y un inmueble residencial, esa parte de la operación queda bajo la Ley 5/2019: el socio recibe la FEIN, tiene periodo de reflexión y el notario comprueba que entiende lo que firma.

¿Qué diferencia hay entre la carencia y el capital al vencimiento?

En la carencia la empresa paga solo intereses durante unos meses y después pasa a la cuota constante; el plazo total no cambia y el capital se devuelve mes a mes a partir de entonces. Con el capital al vencimiento se pagan intereses durante todo el plazo y el capital de una vez al final; es la fórmula habitual a partir de 1 M€, a 24-36 meses, con un contrato a 12 meses que se renueva año a año. La carencia se ofrece a particulares y a empresas; el capital al vencimiento, solo a sociedades.

¿Qué pasa si la empresa no puede devolver el préstamo?

Primero se busca una salida: refinanciar con el banco, vender el inmueble o renovar el plazo si la modalidad lo permite; cuanto antes nos lo digas, más opciones hay. Si no se paga, el prestamista puede reclamar la deuda y ejecutar la hipoteca sobre el inmueble en garantía; la sociedad responde además con el resto de su patrimonio, y el socio hipotecante no deudor solo con el inmueble que aportó. Por eso la cuota se calcula para que quepa en la tesorería real del negocio, no en la prevista.

¿Lo hablamos? Cuéntanos la operación de tu empresa y te llamamos sin compromiso.

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Se mantienen el importe, el plazo y la forma de devolución de arriba. Cuéntanos la operación: te llamamos el primer día laborable, sin compromiso y sin cobrarte nada antes.

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Orientativa y sujeta a estudio · TIN fijo desde el 10 %

Cuota mensual1.660,12 €
Intereses totales39.449,95 €
Coste total de financiación139.449,95 €

Cuota orientativa. El TIN parte del 10 % anual y el definitivo depende de la garantía, del plazo y de la solvencia de la empresa. No incluye honorarios, apertura, tasación ni gastos, que se detallan en la oferta vinculante. Coste total de financiación = capital + intereses. Con el capital al vencimiento, la cuota son solo los intereses y el capital se devuelve íntegro al final del plazo (hasta 4 años).

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Importe mínimo de operación: 15.000 €.

¿La empresa o un socio aporta un inmueble como garantía?

Un local, una nave, una oficina o un solar de la sociedad, o la vivienda de un socio que consienta aportarla.

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* Ejemplo de préstamo: importe de 35.900 €, de los que el cliente recibe 30.000 € netos. Plazo de devolución 180 meses (15 años). Sin productos vinculados; solo el seguro de daños del inmueble que exige la ley, normalmente el seguro de hogar que ya tienes, con el acreedor como beneficiario. TIN 10,00 %; cuota mensual 385,78 €/mes de capital + intereses. TAE 14,16 %, calculada sobre los 30.000 € netos que recibe el cliente. En caso de cancelar antes de plazo solo se cobrarán los intereses devengados hasta esa fecha. Si se llegara a los 15 años, el coste total de financiación e importe total a pagar sería de 69.440,98 € (capital + intereses). Condiciones válidas para importes de préstamo desde 15.000 €. TIN desde el 10 % – TAE máx. 19,99 %. La oferta aquí expresada no es vinculante: el TIN y la TAE podrán variar en función del perfil del cliente, la valoración de la propiedad y la aprobación final. Honorarios y comisión de apertura se detallan en la FEIN y se liquidan en la firma; la tasación la paga el cliente al encargarla. Tarifas y costes.