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Consejos

Cómo salir de una hipoteca compartida

Alejandro Melero García16 min de lectura

Prestamistas.es es la marca de Kontactalia Finance, S.L. especializada en préstamos privados y con garantía hipotecaria para particulares. Empresa inscrita en el Registro de Intermediarios de Crédito Inmobiliario del Banco de España (D238) y en el Registro Estatal de Empresas de concesión de créditos hipotecarios e intermediación financiera (REEIF) de la Dirección General de Consumo, n.º 439/2013.

Firma de la novación de una hipoteca compartida cuando uno de los titulares deja de responder ante el banco

Una hipoteca compartida no se reparte a la mitad cuando la pareja se separa: los dos titulares siguen respondiendo del 100 % de la deuda frente al banco hasta que la entidad libera formalmente a uno de ellos. Repartir la vivienda en escritura o firmar un convenio regulador no cambia nada frente al banco si él no ha dado su consentimiento.

El divorcio o la ruptura de una pareja con hipoteca en común es de las situaciones más frecuentes que llegan a una notaría, y también de las que más se confunden. Aquí tienes las vías reales para salir de una hipoteca compartida, en qué se diferencian, qué pide el banco en cada una, qué paga cada parte y qué hacer cuando la entidad no da el visto bueno.

Qué significa que una hipoteca sea compartida

Cuando dos personas firman juntas un préstamo hipotecario, casi siempre lo hacen como deudores solidarios: así lo suelen recoger las escrituras bancarias, amparadas en el artículo 1.137 del Código Civil, que permite pactar la solidaridad de forma expresa. La consecuencia práctica la fija el artículo 1.144 CC: el banco puede reclamar la deuda entera a cualquiera de los dos titulares, indistintamente, sin tener que dividirla ni repartir la reclamación a partes iguales.

Eso significa que, aunque en tu cabeza «cada uno pague su mitad», para el banco no existe esa mitad. Si uno deja de aportar su parte y el otro no cubre la diferencia, la entidad puede exigir la cuota completa a quien siga pagando, meterlo en un fichero de morosos por el impago conjunto o iniciar la ejecución de la hipoteca contra los dos, aunque solo uno se haya desentendido.

Separarte de tu pareja, de un copropietario o de un familiar con el que compraste una vivienda no modifica un ápice esa obligación ante la entidad.

Las vías reales para dejar de deber una hipoteca compartida

Existen cuatro caminos que cambian algo de verdad, más una salida judicial cuando no hay acuerdo. Ninguno es automático y casi todos dependen, en algún punto, de que el banco diga que sí:

Vías para salir de una hipoteca compartida: qué resuelve cada una, si necesita al banco y qué cuesta.
VíaQué resuelve¿Necesita el visto bueno del banco?Coste principal
Novación con liberación de deudorTe saca de la deuda ante el banco; el otro titular sigue solo con la hipoteca.Sí, imprescindible: reevalúa la solvencia de quien se queda.Comisión de novación si está pactada, más notaría y registro.
Extinción de condominioTraspasa la propiedad del piso a quien se queda, compensando al otro en dinero.Para la propiedad no; para liberarte de la deuda, sí (se combina con la novación).AJD sobre el valor adjudicado (varía por comunidad), notaría y registro.
Venta del inmuebleCancela la hipoteca con el precio de venta y reparte lo que sobra.Sí, para cancelar la hipoteca y levantar la carga registral.Cancelación registral, gastos de venta y posible plusvalía municipal.
Subrogación a un terceroOtra persona sustituye a quien sale como titular de la hipoteca.Sí: estudia al nuevo titular como si fuera un cliente nuevo.Comisión de subrogación si está pactada, notaría y registro.
División judicialUn juez decreta la extinción de condominio cuando no hay acuerdo entre las partes.No decide sobre la deuda con el banco, solo sobre la propiedad.Costas y honorarios; más lenta que la vía notarial de mutuo acuerdo.
Cinco vías para salir de una hipoteca compartida: banco, novación, extinción de condominio, venta y subrogación a un tercero
La hipoteca no se divide sola: hace falta una de estas vías, y todas pasan por el banco o por la venta del inmueble. Fuente: Prestamistas.es · Kontactalia Finance, 2026.

Novación con liberación de deudor: la única vía que te saca de la deuda

La novación hipotecaria por cambio de deudor es, en sentido estricto, una sustitución de quien responde de la obligación, y el artículo 1.205 del Código Civil es tajante: puede hacerse sin que el deudor saliente lo sepa, «pero no sin el consentimiento del acreedor». Aplicado a una hipoteca compartida, esto significa que el banco tiene que aceptar expresamente que uno de los dos titulares deje de responder de la deuda; nada de lo que pactéis entre vosotros lo sustituye.

Para aceptarla, el banco repite parte del análisis que hizo al conceder la hipoteca, pero ahora solo sobre la persona que se queda: ingresos, antigüedad laboral, ficheros de morosos y el peso que tendrá la cuota en su nómina en solitario.

Si esa persona ya pagaba de facto la parte del otro y demuestra ingresos suficientes, la novación suele salir adelante. Si no, el banco puede pedir garantías adicionales o denegarla directamente, y ahí es donde muchas parejas se quedan atascadas.

La Ley 2/1994 abarata algunas modificaciones de las condiciones de un préstamo hipotecario, pero el cambio de deudor no siempre entra en ese régimen de coste reducido: conviene confirmar con la notaría o la gestoría qué gastos concretos aplica el banco a tu caso.

Lo que ayuda a que el banco la acepte

  • Ingresos estables y suficientes de quien se queda para cubrir la cuota en solitario.
  • Historial de pago limpio, sin incidencias ni anotaciones en ficheros de morosos.
  • Contrato laboral con antigüedad o una actividad de autónomo consolidada.
  • Llevar tiempo pagando la hipoteca sin retrasos desde la firma inicial.
  • Poder ofrecer un aval o una garantía adicional si el margen es justo.

Lo que hace que la deniegue

  • Que los ingresos de quien se queda no cubran la cuota sin la aportación del otro.
  • Una anotación viva en ASNEF o en el RAI de quien va a continuar como único titular.
  • Un contrato temporal muy reciente o ingresos irregulares difíciles de acreditar.
  • Una hipoteca cuyas condiciones ya estaban ajustadas al límite de solvencia inicial.
  • Pedir la novación nada más empezar a pagar, sin historial que la respalde.

Extinción de condominio: cómo se reparte la vivienda cuando uno se queda

Cuando dos personas son propietarias de un mismo inmueble (lo que el Código Civil llama comunidad de bienes), el artículo 400 CC reconoce a cualquiera de ellas el derecho a pedir en cualquier momento que se divida la cosa común: «ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad».

Una vivienda no se puede partir físicamente, por lo que entra en juego el artículo 1.062 CC: cuando la cosa es indivisible, se adjudica entera a uno de los comuneros, que indemniza al otro en dinero por su parte.

Eso es la extinción de condominio: quien se queda la vivienda pasa a ser su único propietario y paga al otro una compensación pactada, normalmente cercana al valor de su 50 % de participación.

Fiscalmente, cuando el bien es indivisible y la operación se limita a esa compensación en dinero, la mayoría de comunidades autónomas no la gravan como una compraventa sujeta a ITP, sino como Actos Jurídicos Documentados sobre el valor de lo adjudicado; el tipo exacto varía de una comunidad a otra.

Aquí está el matiz que más confusión genera y que conviene tener clarísimo: la extinción de condominio cambia quién es el propietario del piso, pero no cambia por sí sola quién debe el dinero al banco.

Si no se tramita también la novación con liberación de deudor, la persona que sale de la vivienda sigue figurando como codeudora solidaria de la hipoteca, con todo lo que eso implica si el otro deja de pagar. Por eso ambos trámites, aunque son distintos y cada uno tiene su propio coste, casi siempre se firman juntos.

Vender el inmueble y cancelar la hipoteca

Es la salida más sencilla cuando ninguno de los dos quiere o puede quedarse con la vivienda, o cuando el banco no da el visto bueno a la novación. Se vende el inmueble, con el precio se cancela la hipoteca pendiente y lo que sobra se reparte entre los titulares según su cuota de propiedad, salvo que el convenio regulador o un acuerdo posterior diga otra cosa.

Los gastos habituales son la cancelación registral de la hipoteca, la comisión por amortización anticipada si la hipoteca original la tiene pactada (con los límites que marca la normativa vigente, que conviene revisar en la escritura de cada caso) y, en su caso, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la llamada plusvalía municipal, que grava la ganancia del suelo desde la compra.

Si la venta se demora y hace falta liquidez mientras tanto para seguir pagando la cuota o adelantar gastos de la operación, algunas familias recurren a un préstamo puente con la garantía del propio inmueble, que se cancela con el precio de venta.

Subrogar la hipoteca a un tercero

Cuando quien quiere quedarse con la vivienda no consigue que el banco apruebe la novación por sus propios ingresos, cabe otra vía: que un tercero (una nueva pareja, un familiar, un inversor) entre en la hipoteca en sustitución de quien sale. El artículo 118 de la Ley Hipotecaria contempla precisamente este mecanismo cuando se transmite una finca hipotecada: el adquirente puede subrogarse en la obligación que pesa sobre ella.

La subrogación de deudor exige el mismo requisito que la novación: el consentimiento del acreedor conforme al artículo 1.205 CC. El banco estudia al nuevo titular exactamente igual que a un cliente que solicita una hipoteca desde cero (ingresos, historial, edad, estabilidad), por lo que no es una vía más rápida ni más sencilla que la novación; simplemente cambia quién es la persona sobre la que recae el análisis.

Divorcio o separación: qué dice el convenio regulador y qué dice el banco

En un divorcio de mutuo acuerdo, el convenio regulador que aprueba el juzgado de familia, al amparo de los artículos 90 y 91 CC, puede atribuir el uso de la vivienda familiar y repartir internamente quién paga la hipoteca entre los excónyuges.

Es un documento válido y exigible entre vosotros dos, pero el artículo 1.257 CC recuerda una regla básica de cualquier contrato: solo produce efecto entre quienes lo firman. El banco no fue parte del convenio, por lo que no está obligado por él.

En la práctica, eso quiere decir que si el convenio dice «Juan asume en exclusiva el pago de la hipoteca» pero Juan deja de pagar, el banco puede reclamar la cuota entera a María igual que antes del divorcio, porque para la entidad los dos siguen siendo codeudores solidarios.

El convenio le sirve a María para reclamarle a Juan por la vía civil lo que él debía asumir, pero no la protege frente al banco. La única forma de que esa protección sea real es tramitar la novación (o la venta, o la subrogación) además de firmar el convenio.

Gastos, plazos y qué pasa con la cuenta, el seguro y la deducción

Cada vía suma sus propios gastos de notaría, registro y gestoría, a los que se añade el AJD en la extinción de condominio o la comisión pactada en la novación o la subrogación. Los plazos dependen sobre todo del banco: una novación puede resolverse en pocas semanas si la documentación está completa y la entidad no pide informes adicionales, o alargarse más si reclama nóminas, declaraciones de la renta o una nueva tasación.

Conviene revisar también tres piezas que suelen quedarse fuera de la conversación inicial. La primera, la cuenta corriente donde se domicilia el recibo, que debería quedar a nombre de quien se queda. La segunda, el seguro de vida o de hogar vinculado a la hipoteca, que hay que reasignar o volver a contratar en solitario.

La tercera, la deducción fiscal por inversión en vivienda habitual, que solo sigue viva para hipotecas anteriores a 2013 en régimen transitorio y que conviene revisar con un asesor caso por caso, porque salir de la titularidad puede afectar a lo que cada parte puede seguir deduciendo.

Cuándo un préstamo con la garantía del inmueble puede ayudarte

Hay un caso que se repite mucho: quien quiere quedarse con la vivienda no consigue que el banco apruebe la novación porque, en solitario, sus ingresos no llegan al listón que pide la entidad para asumir toda la cuota.

Ahí es donde un préstamo con la garantía del inmueble concedido por nuestros prestamistas particulares y privados puede desbloquear la operación: cancela la hipoteca compartida en la misma firma, paga la compensación pactada en la extinción de condominio al otro cotitular y deja la vivienda con un único préstamo, a nombre de una sola persona, sin depender del criterio de admisión de la banca.

Un ejemplo con números. Vivienda tasada en 320.000 €, con una hipoteca compartida pendiente de 95.000 € y una compensación pactada al otro cotitular de 15.000 € en la extinción de condominio: el préstamo se cierra en 110.000 €, el 34 % del valor de tasación, dentro de nuestro límite habitual.

Con un TIN del 10 % y sistema francés a 15 años, la cuota es de 1.182,07 € al mes; en total se devuelven 212.771,81 €, de los que 102.771,81 € son intereses. Son cifras de ejemplo con la fórmula del préstamo francés, no una oferta: tu operación depende de la tasación real, de tus ingresos y de la compensación que acordéis.

Cuando, además de la hipoteca compartida, quien se queda arrastra otras deudas (tarjetas, un préstamo personal, un descubierto), el mismo préstamo puede agruparlas en una sola cuota: lo explicamos en préstamos para reunificar deudas.

En los dos casos, la condición es la misma que en cualquier operación nuestra: desde 15.000 €, como máximo el 40 % del valor de tasación, TIN desde el 10 %, hasta 20 años, cancelación anticipada desde el 0 % y sin cobrarte un euro por adelantado.

Si aplica la Ley 5/2019, recibes la FEIN antes de firmar, con el plazo de reflexión y la sesión notarial previa incluidos.

Preguntas frecuentes sobre cómo salir de una hipoteca compartida

Lo que conviene saber

¿Qué pasa si mi expareja no puede asumir sola la hipoteca para quedarse la casa?

Si tu expareja no puede asumir sola la hipoteca, el banco no aceptará liberarte, y seguirás respondiendo de toda la deuda aunque dejes la vivienda. Las salidas posibles son incorporar un avalista o más ingresos para que el banco acepte el cambio, vender la vivienda y cancelar la hipoteca, o que un tercero compre tu parte. Mientras no se resuelva, conviene pactar por escrito quién paga cada cuota y cómo se compensará después.

¿Cómo se calcula lo que debo pagar a mi expareja para quedarme con la vivienda?

Se parte del valor actual de la vivienda, se resta la hipoteca pendiente y el resultado se reparte según el porcentaje de cada uno. Si la casa vale 200.000 €, quedan 80.000 € de hipoteca y sois propietarios al 50 %, debes pagar a tu expareja 60.000 € y asumir tú toda la deuda. Ese pago y la asunción de la hipoteca se formalizan en la escritura de extinción de condominio o en la liquidación de gananciales, y el banco debe aceptar la liberación.

¿Cómo salgo de una hipoteca compartida con un hermano o un amigo, sin divorcio?

Con un hermano o un amigo funciona igual que entre cualquier copropietario: uno compra la parte del otro mediante una extinción de condominio y el banco acepta liberar al que sale con una novación, o vendéis la vivienda y canceláis la hipoteca. Si no hay acuerdo, cualquiera de los dos puede acudir al juez para pedir la división de la cosa común, que suele acabar en subasta. Antes de llegar ahí, merece la pena negociar con números sobre la mesa.

¿Puedo obligar a mi expareja a vender la vivienda hipotecada que compartimos?

Puedes forzar la venta mediante la acción de división de la cosa común del art. 400 del Código Civil: si la vivienda es indivisible y no hay acuerdo, el juez ordena su venta en pública subasta y el precio se reparte tras cancelar la hipoteca. Si estabais casados en gananciales, antes hay que liquidar la sociedad. Si el uso de la vivienda está atribuido a uno de los dos por sentencia, la venta sigue siendo posible, pero el comprador debe respetar ese uso.

¿Quién paga la hipoteca compartida mientras se tramita el divorcio?

Frente al banco, los dos seguís obligados a pagar el total de cada cuota, normalmente de forma solidaria, aunque uno se haya ido de casa. Entre vosotros, si la vivienda es ganancial o de ambos al 50 %, cada uno debe aportar la mitad, y el juez puede concretarlo en las medidas provisionales o en el convenio regulador. El Tribunal Supremo considera la cuota hipotecaria una deuda de la sociedad o de los copropietarios, no una carga del matrimonio.

Cómo lo hacemos en Prestamistas.es

¿Tiene que firmar mi expareja vuestro préstamo si la vivienda sigue a nombre de los dos?

Tu expareja tiene que firmar en la notaría si la vivienda sigue siendo de los dos, porque solo puede hipotecarse con el consentimiento de todos los propietarios. Lo habitual es firmar en el mismo acto la extinción de condominio, por la que te adjudicas su parte, y nuestro préstamo privado, que cancela la hipoteca compartida y te da el dinero para compensarle. Así la vivienda queda solo a tu nombre, con una única hipoteca.

¿Calculáis la cuota solo con mis ingresos si me quedo yo con la vivienda?

Calculamos la cuota solo con tus ingresos reales y demostrables si te quedas con la vivienda y eres el único prestatario, descontando otros préstamos que mantengas. La cuota puede llegar hasta el 40 % de esos ingresos, y el plazo de hasta 20 años ayuda a ajustarla. Si tus ingresos no bastan, puede estudiarse que un familiar entre como cotitular o aporte otro inmueble como garantía. Te damos la viabilidad en 24-48 horas.

¿Cuenta la cuota de la hipoteca compartida al estudiar si puedo pagar vuestro préstamo?

Si nuestro préstamo cancela la hipoteca compartida en la firma, su cuota deja de contar, porque desaparece: solo computa la nueva. Si la hipoteca compartida sigue viva, por ejemplo porque el préstamo se pide para otra finalidad, su cuota se descuenta completa de tus ingresos, no solo tu mitad, porque frente al banco respondes del total. Por eso te pedimos el último recibo de cada préstamo vigente antes de presentar la operación.

¿Podéis estudiar el préstamo si mi expareja está en ASNEF y la casa es de los dos?

Podemos estudiarlo. Si tu expareja figura en ASNEF y la vivienda es de los dos, lo habitual es que tú seas el prestatario y te adjudiques su parte mediante extinción de condominio, de modo que su fichero no pese en tu operación. Si firma también el préstamo, su deuda en ASNEF se paga con él, al cobrar o en la propia firma reteniendo el importe, igual que en nuestros préstamos con ASNEF, y la baja la pide con la carta de pago; le indicamos cómo.

¿Puedo poner otra vivienda mía como garantía para cancelar la hipoteca compartida?

Puedes aportar como garantía otra vivienda o un local a tu nombre y destinar el préstamo a cancelar la hipoteca compartida y a compensar a tu expareja. Lo gestionamos a través de nuestros prestamistas particulares y privados como un préstamo con garantía hipotecaria: el máximo se calcula sobre la tasación del inmueble que aportas, hasta el 40 %, y sus cargas, si las tiene, se cancelan en la firma. La vivienda compartida queda libre de hipoteca.

Conceptos que te ayudan a decidir

¿Qué es la atribución del uso de la vivienda familiar y cómo afecta a su venta?

Es la decisión, pactada o judicial, de quién seguirá viviendo en la vivienda familiar tras la ruptura, normalmente el progenitor que se queda con los hijos menores, según el art. 96 del Código Civil. Ese derecho de uso puede inscribirse en el Registro de la Propiedad y no depende de quién sea el propietario. Mientras dure, para vender o hipotecar la vivienda hace falta el consentimiento de ambos o una autorización judicial, y el comprador debe respetarlo.

¿Qué es la liquidación de la sociedad de gananciales y cuándo incluye la hipoteca?

La liquidación de gananciales es el reparto de los bienes y deudas comunes del matrimonio cuando la sociedad se disuelve por divorcio, separación o capitulaciones. Se hace un inventario con el activo, como la vivienda, y el pasivo, como la hipoteca contraída para comprarla, y se adjudica cada partida a uno de los cónyuges. La hipoteca entra en la liquidación cuando es deuda ganancial, aunque el reparto entre vosotros no vincula al banco si no acepta liberar al otro.

¿Qué diferencia hay entre vivienda privativa y ganancial cuando hay una hipoteca pendiente?

La vivienda es privativa si uno de los cónyuges la compró antes del matrimonio o con dinero propio, y ganancial si se adquirió durante el matrimonio en ese régimen con fondos comunes. Con hipoteca pendiente la diferencia importa: si una vivienda familiar privativa se ha pagado en parte con dinero ganancial, la sociedad adquiere una cuota proporcional a lo aportado, según los arts. 1354 y 1357 del Código Civil. En la liquidación hay que calcular esos porcentajes antes de repartir.

¿Puede reclamar el excónyuge que pagó solo las cuotas la mitad de lo abonado?

Sí, si la vivienda era de los dos o ganancial y uno pagó en solitario cuotas que correspondían a ambos, puede reclamar al otro la mitad de lo abonado. Si los pagos se hicieron durante la sociedad de gananciales con dinero privativo, el crédito se incluye en su liquidación; tras el divorcio, se reclama como derecho de reembolso entre codeudores, según el art. 1145 del Código Civil. Conviene conservar los recibos y justificantes de cada pago.

¿Qué es la pensión compensatoria y puede compensarse con las cuotas de la hipoteca?

La pensión compensatoria es la prestación que, según el art. 97 del Código Civil, paga un excónyuge al otro cuando la ruptura le causa un desequilibrio económico respecto a su situación en el matrimonio. Puede fijarse temporal, indefinida o en un pago único. Es posible pactar en el convenio regulador que quien la debe pague a cambio la parte de hipoteca del otro, pero sin ese pacto o una resolución judicial, descontarla por tu cuenta te expone a una reclamación por impago.

Si lo que necesitas es financiación

Todos se conceden a través de los prestamistas particulares y privados de Prestamistas.es, siempre con la garantía de un inmueble y con contrato ante notario.

¿El banco no acepta que salgas de tu hipoteca compartida?

Si te quedas con la vivienda y necesitas cancelar la hipoteca compartida y compensar al otro titular, estudiamos tu caso sin compromiso. Te llamamos en menos de 24 h y tienes la viabilidad en 24-48 h.

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Escrito por

Alejandro Melero García

CEO · Kontactalia Finance · Acreditado por EFPA

Soy Alejandro Melero García, CEO de Kontactalia Finance y fundador del Grupo Kontactalia. Asesor Financiero Certificado (LCCI) por EFPA España, desde 2009 estructurando operaciones de financiación privada con garantía inmobiliaria para particulares que buscan una salida cuando el banco dice que no, al margen de las restricciones de la banca tradicional.

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* Ejemplo de préstamo: importe de 35.900 €, de los que el cliente recibe 30.000 € netos. Plazo de devolución 180 meses (15 años). Sin productos vinculados; solo el seguro de daños del inmueble que exige la ley, normalmente el seguro de hogar que ya tienes, con el acreedor como beneficiario. TIN 10,00 %; cuota mensual 385,78 €/mes de capital + intereses. TAE 14,16 %, calculada sobre los 30.000 € netos que recibe el cliente. En caso de cancelar antes de plazo solo se cobrarán los intereses devengados hasta esa fecha. Si se llegara a los 15 años, el coste total de financiación e importe total a pagar sería de 69.440,98 € (capital + intereses). Condiciones válidas para importes de préstamo desde 15.000 €. TIN desde el 10 % – TAE máx. 19,99 %. La oferta aquí expresada no es vinculante: el TIN y la TAE podrán variar en función del perfil del cliente, la valoración de la propiedad y la aprobación final. Honorarios y comisión de apertura se detallan en la FEIN y se liquidan en la firma; la tasación la paga el cliente al encargarla. Tarifas y costes.